Me escribe por privado Macarena con una consulta que creo que puede interesar a muchos, así que, con su permiso, me la traigo al blog. Eso es lo que ella me preguntaba:
Soy una amante de los animales y sigo desde hace tiempo tu blog. Hace unos días me surgió una duda (en realidad ya lleva rondándome la cabeza desde hace mucho tiempo, pero ahora me he decidido a buscar información). Verás, actualmente tengo cuatro gatos a los que quiero con locura, y aunque a día de hoy yo y mi pareja somos jóvenes (estamos en la treintena tirando para abajo), recientemente la muerte de una conocida de mi suegra que tenía un gato del que parece que su hijo no quiere hacerse cargo ha reavivado uno de mis temores, ¿qué pasaría con mis animales si nos pasara algo?
A día de hoy, quiero creer que mi familia no “los tiraría” a la primera de cambio, pero tampoco se podrían quedar con los cuatro gatos. Y si hablamos del futuro, no sé las circustancias que se darán en la vida ni si habrá alguien que se pueda ocupar de ellos. Así que me pregunto si hay alguna opción, algo que pueda hacer de antemano para asegurarme que el día de mañana mis gatos puedan tener una vida digna después de que yo y mi marido nos hayamos ido.
Alguna vez he oído gente que deja su testamento a asociaciones, pero no sé si de verdad funciona o da más problemas que otras cosas, y me preguntaba si habría alguna otra opción. En fin, siento todo el rollo y gracias por tu tiempo. Sigue así con el blog, que aparte de difundir casos y ayudar a muchos animales, haces que se aprendan nuevas cosas.
Es algo que deberíamos plantearnos todos. Macarena hace muy bien en hacerlo y demuestra con esta consulta, no solo su amor por sus gatos, sino que es una persona responsable con la cabeza bien amueblada. Está muy bien que los jóvenes se crean inmortales como los dioses, que decía el poeta, pero no lo son. A cualquier edad, si tenemos animales a nuestro cargo, es buena idea intentar dejar las cosas todo lo atadas que podamos. A veces la mierda pasa. Y eso no es algo que dijera ningún poeta, pero es una verdad como un templo.
Hay una vía no oficiosa que es por la que muchos optamos y es contar con algún amigo o familiar que sepamos que se va a hacer cardo de cuidar hasta su muerte o de buscar un buen hogar a nuestros animales. Es obligatorio hablarlo en vida con ellos y no está demás dejarlo dicho y bien clarito también en nuestro entorno. Aún así dependemos del honor que esa persona tenga por la palabra dada. Yo hay gente que sé que puedo confiar en que cumplirán lo que prometen, otros que no son en absoluto fiables y unos cuantos que no lo tengo claro, dependería de las circunstancias. Y aún sabiendo eso, puedo equivocarme. El ser humano es un animal complejo y cambiante (por suerte).
La vía oficial voy a dejar que la expliquen en The Pets Journal. En esa web, bastante recomendable, tienen un artículo llamado ¿Puedo hacer testamento a favor de mi mascota?
La legislación es distinta en cada país, por lo que es conveniente asesorarnos con un experto. Un notario o un abogado podrán explicarnos cuál es la mejor opción para asegurar el bienestar de nuestra mascota si morimos o quedamos incapacitados para su cuidado.
En muchos países, sobre todo anglosajones, es posible hacer testamento a favor de una mascota. En otros, como España, la ley no lo permite, aunque sí hay maneras de dejar protegida a nuestra mascota respetando los límites legales. Las opciones pasan siempre por elegir a una persona y convertirla en nuestro heredero, con la condición de que cuide del animal hasta que este fallezca. Esta persona, según el tipo de documento que redactemos, puede heredar los bienes en el momento de nuestra muerte, aunque los perdería en caso de incumplimiento de la condición; o bien la herencia quedará en suspenso hasta que nuestra mascota fallezca. En ambos casos, la apreciación del cumplimiento se someterá al dictamen de dos veterinarios, designados por nosotros en el testamento, o bien por el Colegio de Veterinarios, que se encargarán de las revisiones periódicas del animal y de realizarle la autopsia una vez haya fallecido. Si lo preferimos, podemos designar como herederos, bajo las mismas condiciones, a alguna asociación protectora o albergue, que además, podrán encargarse de buscarle un nuevo hogar a nuestra mascota.
Pero incluir a las mascotas en el testamento presenta algunas desventajas. Obviamente, el testamento sólo entrará en vigor cuando fallezcamos, no en caso de incapacidad y además, no será reconocido legalmente hasta pasadas semanas del deceso (si se produce alguna disputa legal puede tardar bastante más), así que es conveniente comunicar nuestros deseos a quienes vayamos a designar como herederos, para que el animal no se vea desamparado durante ese tiempo.
La cahorrita que véis en las fotos está en adopción. Me cuentan que va a ser de tamaño pequeño de adulta. Tiene aproximadamente dos meses, es muy buena y cariñosa y necesita urgentemente adopción. Se encuentra en un pueblo de Jaén.
Contacto: albajb93@hotmail.com